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La ley del aborto de Ruiz-Gallardón
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El ministro de justicia, Ruiz-Gallardón, celebrado en su día por el PSOE y sus voceros mediáticos como el más progresista de los prebostes del PP, para estupor de propios y ajenos, ha anunciado la reforma de la ley del aborto de Zapatero que regula como «derecho de la mujer» la «interrupción voluntaria del embarazo». Esta legislación, en vigor desde 2010, inspirada por la dogmática feminista en boga y extendida e interiorizada por amplios sectores de población, procede a la reificación del feto, un mero objeto sometido al «derecho de la propiedad sobre el propio cuerpo» –de la mujer– y «el derecho a decidir» de esta. Lo cual dispensa al nasciturus el avanzado tratamiento social y jurídico de un quiste que puede ser extirpado a voluntad de la individua-propietaria.

En el anteproyecto de ley de Ruiz-Gallardón, ciertamente, desaparece la noción del aborto como derecho y la posibilidad de que este se practique libremente hasta la semana catorce, quedando como acto sujeto a prohibición salvo determinados supuestos polémicos. Así, por ejemplo, aunque agravado por la exigencia de mayores acreditaciones facultativas, persiste el supuesto de daño psíquico de la madre, el coladero habitual para abortar en las legislaciones precedentes. No obstante, durante la tramitación de la reforma es más que probable que, además, se introduzcan enmiendas que desvirtúen el aparente carácter restrictivo de la ley, tal y como ya ha ordenado Mariano Rajoy.

Las reacciones ante la nueva ley no se han hecho esperar: desde el PSOE ha sido calificada de retrógrada y se ha proclamado una cruzada contra la misma… y en las propias filas del PP ha estallado una fronda con declaraciones críticas de algunos de sus prohombres, propias de las activistas de Femen.

Más allá de las motivaciones que el ministro de justicia pudiera tener para emprender esta reforma, que para el PSOE responde a una concesión a minoritarios sectores de base de su partido confesionales y ultramontanos, las dos facciones del capital –PP y PSOE– comparten los valores de su común ideología liberal para justificar el aborto, en mayor o menor grado, o negarlo: el de los derechos y libertades inalienables y abstractos del individuo. Para este caso, la disputa discurriría entre el «derecho de la mujer» versus el «derecho a la vida». Si bien, en caso de recrudecer este incómodo debate para el PP, Ruiz-Gallardón se va quedar completamente solo. La mayoría de cuadros del PP son defensores del sacrosanto estandarte de la libertad individual frente a cualquier intervención. Como ha expresado su correligionario Monago: «nadie puede obligar a nadie a ser madre».

El Partido Nacional Republicano no acude a las construcciones de la ideología liberal del mundo burgués, del que somos acérrimos enemigos ni apela a consideraciones religiosas o morales, ni personales para posicionarse al respecto. Bajo el prisma político –el que nos es propio como partido–, el nasciturus es un ciudadano español en potencia, y en tanto que nacionalistas españoles que somos, le otorgamos un lugar preeminente como futuro integrante de la comunidad nacional y, como tal, no aceptamos que nadie reclame su sacrificio en base a pretendidos derechos individuales que, todo sea dicho, resultan funcionales a la barbarie capitalista y a nuestra disolución como pueblo.

Nuestro Programa recoge expresamente la cuestión del aborto: «El Estado nacional republicano desplegará todos los medios a su alcance para la protección del feto, desde el momento mismo del embarazo, al que otorgará la consideración de futuro ciudadano sujeto a régimen tuitivo. Será obligación positiva para el Estado garantizar al nasciturus las condiciones que favorezcan su pleno desarrollo, mediante ayudas especiales a la mujer y, para el caso de la negativa de ésta al cuidado del ya nacido, mediante la articulación de redes de acogida y, si fuera necesario, a través del cuidado institucional directo. Bajo la III República el aborto no será considerado un derecho, sino un acto sujeto a prohibición alzada sólo mediante autorización ceñida a supuestos excepcionales». Y estos no pasan por el respeto de supuestos derechos inalienables y abstractos del individuo.